Fondo Emergencias

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Ayudamos juntos a los niños y a las familias incluso durante la emergencia de Coronavirus. Tu donación puede aportar esperanza.

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Beneficios fiscales

Tu donación ayudará a los niños de un modo concreto ofreciéndoles todo lo necesario en los momentos de mayor necesidad.

Con la pandemia del Covid-19, los niños y las famiilas en situación de pobreza necesitan más ayuda.

Tu donación a favor del Fondo Emergencias (de cualquier importe, grande o pequeño), será una demostración tangible de tu amor y compasión. En tiempos como éste, los niños que viven en condiciones de pobreza son los más vulnerables y necesitan ayuda inmediata.

Tu donativo permitirá que nuestros trabajadores, centros y las iglesias colaboradoras puedan garantizar a todos los niños y a sus familias una respuesta a sus necesidades básicas, como por ejemplo:

  • prevención Covid-19
  • agua potable
  • provisiones de alimentos
  • cuidados médicos
  • ayuda a las familias

¡Gracias de todo corazón por tu generosidad!

Gracias a personas como tú ayudamos a sobrevivir a niños y familias

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Únicamente para los residentes en España: si quisieras desgravar tu donativo para Compassion en la declaración de la renta, por favor, escríbenos a info@compassion.es, para tomar nota de tu DNI y nombre. ¡Gracias!

Otros métodos para donar

Transferencia o ingreso en cuenta bancaria:

La Caixa ES47 2100 3060 5322 0185 5587
("Fondo Emergencias")

Por teléfono llamando al +34 91 782 6556

Recuerda

Recuerda: tus donaciones gozan de beneficios fiscales y son desgravables en la declaración de renta. Lee más

Beneficios fiscales de tu donación a Compassion

¡Si vives en España, tu aportación tiene beneficios fiscales! Descubre las deducciones fiscales en la declaración de la renta.

Para personas físicas (IRPF):

Deducción en cuota íntegra. Limite 10% base liquidable.

Para personas jurídicas (IS):

Deducción en cuota íntegra, limite 10% base imponible. Si excede el límite, se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos.


Importante: para beneficiarte de la desgravación de tu donativo, asegúrate de que tenemos correctamente tus datos personales.

Información actualizada según el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 que incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo. ×
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